LGS

Artículo 441. Contenido del escrito de recurso

El escrito de interposición del recurso debe incluir datos específicos del promovente y los hechos que motivan la inconformidad. Esto garantiza que el recurso sea considerado de manera adecuada.

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Texto Legal

En el escrito se precisará nombre y domicilio de quien promueva, los hechos objeto del recurso, la fecha en que, bajo protesta de decir verdad, manifieste el recurrente que tuvo conocimiento de la resolución recurrida, los agravios que, directa o indirectamente, a juicio del recurrente, le cause la resolución o acto impugnado, la mención de la autoridad que haya dictado al resolución, ordenado o ejecutado el acto y el ofrecimiento de las pruebas que el inconforme se proponga rendir.

Al escrito deberán acompañarse los siguientes documentos:

I. Los que acrediten la personalidad del promovente, siempre que no sea el directamente afectado y cuando dicha personalidad no hubiera sido reconocida con anterioridad por las autoridades sanitarias correspondientes, en la instancia o expediente que concluyó con la resolución impugnada;

II. Los documentos que el recurrente ofrezca como pruebas y que tengan relación inmediata y directa con la resolución o acto impugnado, y

III. Original de la resolución impugnada, en su caso.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La claridad y precisión en el escrito de recurso son fundamentales para su admisión. Se sugiere revisar cuidadosamente los requisitos antes de presentar el documento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 441 del LGS?

El escrito de interposición del recurso debe incluir datos específicos del promovente y los hechos que motivan la inconformidad. Esto garantiza que el recurso sea considerado de manera adecuada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 441 de la LEY de Salud?

[IA] La claridad y precisión en el escrito de recurso son fundamentales para su admisión. Se sugiere revisar cuidadosamente los requisitos antes de presentar el documento.

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