LGS

Artículo 426. Efectos de clausura definitiva

Las autorizaciones otorgadas a un establecimiento quedarán sin efecto tras una clausura definitiva. Esto implica que el establecimiento no podrá operar legalmente.

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Texto Legal

En los casos de clausura definitiva quedarán sin efecto las autorizaciones que, en su caso, se hubieren otorgado al establecimiento, local, fábrica o edificio de que se trate.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La pérdida de autorizaciones puede ser devastadora para un negocio. Es recomendable que los propietarios busquen asesoría legal para entender las implicaciones de una clausura y cómo pueden evitarla.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 426 del LGS?

Las autorizaciones otorgadas a un establecimiento quedarán sin efecto tras una clausura definitiva. Esto implica que el establecimiento no podrá operar legalmente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 426 de la LEY de Salud?

[IA] La pérdida de autorizaciones puede ser devastadora para un negocio. Es recomendable que los propietarios busquen asesoría legal para entender las implicaciones de una clausura y cómo pueden evitarla.

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