LGS

Artículo 418. Fundamentacion de sanciones

Al imponer sanciones, la autoridad debe fundamentar su decisión considerando varios factores, como los daños a la salud y la gravedad de la infracción.

fundamentacionsancionessalud pública

Texto Legal

Al imponer una sanción, la autoridad sanitaria fundará y motivará la resolución, tomando en cuenta:

I. Los daños que se hayan producido o puedan producirse en la salud de las personas;

II. La gravedad de la infracción;

III. Las condiciones socio-económicas del infractor, y

IV. La calidad de reincidente del infractor.

V. El beneficio obtenido por el infractor como resultado de la infracción. Fracción adicionada DOF 07-05-1997

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La fundamentación de las sanciones es crucial para su validez. Las empresas deben asegurarse de que sus acciones estén bien documentadas para defenderse ante posibles sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 418 del LGS?

Al imponer sanciones, la autoridad debe fundamentar su decisión considerando varios factores, como los daños a la salud y la gravedad de la infracción.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 418 de la LEY de Salud?

[IA] La fundamentación de las sanciones es crucial para su validez. Las empresas deben asegurarse de que sus acciones estén bien documentadas para defenderse ante posibles sanciones.

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