LGS

Artículo 406. Definición de cuarentena

La cuarentena limita la libertad de tránsito de personas expuestas a enfermedades. Esta medida se ordena por escrito y debe ser justificada por la autoridad sanitaria.

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Texto Legal

Se entiende por cuarentena la limitación a la libertad de tránsito de personas sanas que hubieren estado expuestas a una enfermedad transmisible, por el tiempo estrictamente necesario para controlar el riesgo de contagio.

La cuarentena se ordenará por escrito, y por la autoridad sanitaria competente, previo dictamen médico, y consistirá en que las personas expuestas no abandonen determinado sitio o se restrinja su asistencia a determinados lugares.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las personas en cuarentena deben ser informadas de sus derechos y las razones de la medida. La comunicación clara es esencial para el cumplimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 406 del LGS?

La cuarentena limita la libertad de tránsito de personas expuestas a enfermedades. Esta medida se ordena por escrito y debe ser justificada por la autoridad sanitaria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 406 de la LEY de Salud?

[IA] Las personas en cuarentena deben ser informadas de sus derechos y las razones de la medida. La comunicación clara es esencial para el cumplimiento.

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