LGS

Artículo 386. Resolución de la autoridad sanitaria

La autoridad sanitaria emitirá la resolución correspondiente al finalizar la audiencia o dentro de cinco días hábiles. Este artículo subraya la importancia de la celeridad en la toma de decisiones.

resolucionautoridad sanitariaplazo

Texto Legal

La autoridad sanitaria competente emitirá la resolución que corresponda, al concluir la audiencia o dentro de los cinco días hábiles siguientes, la cual se notificará de manera personal al interesado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La rapidez en la resolución es crucial para la certeza jurídica de los interesados. Mantenga un seguimiento del plazo para asegurar que se cumpla con los tiempos establecidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 386 del LGS?

La autoridad sanitaria emitirá la resolución correspondiente al finalizar la audiencia o dentro de cinco días hábiles. Este artículo subraya la importancia de la celeridad en la toma de decisiones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 386 de la LEY de Salud?

[IA] La rapidez en la resolución es crucial para la certeza jurídica de los interesados. Mantenga un seguimiento del plazo para asegurar que se cumpla con los tiempos establecidos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 386 del LGS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 386 LGS desde tu celular