LGS

Artículo 369. Autorizaciones sanitarias

Las autorizaciones sanitarias son otorgadas por la Secretaría de Salud o gobiernos estatales en sus competencias. Este artículo establece el marco para su regulación y aplicación.

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Texto Legal

Las autorizaciones sanitarias serán otorgadas por la Secretaría de Salud o por los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, en los términos de esta Ley y demás disposiciones aplicables. Artículo reformado DOF 27-05-1987

LEY GENERAL DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que los profesionales de la salud y los establecimientos conozcan los procedimientos para obtener estas autorizaciones, ya que su incumplimiento puede acarrear sanciones severas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 369 del LGS?

Las autorizaciones sanitarias son otorgadas por la Secretaría de Salud o gobiernos estatales en sus competencias. Este artículo establece el marco para su regulación y aplicación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 369 de la LEY de Salud?

[IA] Es fundamental que los profesionales de la salud y los establecimientos conozcan los procedimientos para obtener estas autorizaciones, ya que su incumplimiento puede acarrear sanciones severas.

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