Los órganos o tejidos extraídos deben ser manejados en condiciones higiénicas, y su destino final se regirá por disposiciones generales. Esto es crucial para la salud pública y el manejo de desechos médicos.
Cualquier órgano o tejido que haya sido extraído, desprendido o seccionado por intervención quirúrgica, accidente o hecho ilícito y que sanitariamente constituya un deshecho, deberá ser manejado en condiciones higiénicas y su destino final se hará conforme a las disposiciones generales aplicables, salvo que se requiera para fines terapéuticos, de docencia o de investigación, en cuyo caso los establecimientos de salud podrán disponer de ellos o remitirlos a instituciones docentes autorizadas por la Secretaría de Salud, en los términos de esta Ley y demás disposiciones generales aplicables. Artículo reformado DOF 26-05-2000
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los establecimientos de salud deben establecer protocolos claros para el manejo de desechos quirúrgicos. Esto no solo es una obligación legal, sino también una responsabilidad ética hacia la salud pública.
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