Se requiere consentimiento expreso por escrito para la donación de órganos, tejidos y sangre en vida. Esto asegura la claridad en la voluntad del donante.
Se requerirá que el consentimiento expreso conste por escrito: Párrafo reformado DOF 12-12-2011
I. Para la donación de órganos y tejidos en vida, y
II. Para la donación de sangre, productos sanguíneos y células troncales en vida. Fracción reformada DOF 12-12-2011, 20-04-2015, 15-01-2026 Artículo reformado DOF 27-05-1987, 07-05-1997, 26-05-2000
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los contadores y abogados deben estar atentos a la correcta redacción de estos documentos para evitar problemas legales futuros. Un consentimiento mal redactado puede ser impugnado.
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