Este articulo detalla las competencias de la Secretaria de Salud en el control y vigilancia de donaciones y trasplantes de organos. Es fundamental para la regulación sanitaria.
Compete a la Secretaría de Salud:
I. El control y la vigilancia sanitarios de la disposición y trasplantes de órganos, tejidos y células de seres humanos, en los términos establecidos por esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables; Fracción reformada DOF 20-04-2015
II. La regulación sobre cadáveres, en los términos de esta Ley;
III. Establecer y dirigir las políticas en salud en materia de donación, procuración y trasplantes de órganos, tejidos, células troncales, así como de la disposición de sangre, productos sanguíneos y hemoderivados, para lo cual se apoyará en el Centro Nacional de Trasplantes, y en el Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea; Fracción reformada DOF 15-01-2026
LEY GENERAL DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Conocer las competencias de la Secretaria es vital para cualquier establecimiento que maneje donaciones. La regulación es estricta y requiere cumplimiento riguroso.
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