LGS

Artículo 277 bis. Artículo derogado

Este artículo ha sido derogado, lo que implica que no se debe considerar en la interpretación de la ley actual. La revisión constante de la legislación es fundamental.

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Texto Legal

Se deroga. Artículo adicionado DOF 14-06-1991. Reformado DOF 19-01-2004. Derogado DOF 30-05-2008

CAPITULO XII Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Substancias Tóxicas o Peligrosas Denominación del Capítulo reformada DOF 07-05-1997

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los profesionales deben estar al tanto de las derogaciones para asegurar que su práctica se ajuste a la normativa vigente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 277 bis del LGS?

Este artículo ha sido derogado, lo que implica que no se debe considerar en la interpretación de la ley actual. La revisión constante de la legislación es fundamental.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 277 bis de la LEY de Salud?

[IA] Los profesionales deben estar al tanto de las derogaciones para asegurar que su práctica se ajuste a la normativa vigente.

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