LGS

Artículo 253. Control de substancias peligrosas

La Secretaría de Salud determinará cuáles substancias psicotrópicas sin valor terapéutico son consideradas peligrosas. Su venta estará sujeta a control, protegiendo así la salud pública.

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Texto Legal

La Secretaría de Salud determinará, tomando en consideración el riesgo que representen para la salud pública por su frecuente uso indebido, cuáles de las substancias con acción psicotrópica que carezcan de valor terapéutico y se utilicen en la industria, artesanías, comercio y otras actividades, deban ser consideradas como peligrosas, y su venta estará sujeta al control de dicha dependencia. Artículo reformado DOF 27-05-1987

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los profesionales deben estar atentos a las decisiones de la Secretaría de Salud sobre substancias peligrosas, ya que esto puede afectar su práctica y la disponibilidad de ciertos productos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 253 del LGS?

La Secretaría de Salud determinará cuáles substancias psicotrópicas sin valor terapéutico son consideradas peligrosas. Su venta estará sujeta a control, protegiendo así la salud pública.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 253 de la LEY de Salud?

[IA] Los profesionales deben estar atentos a las decisiones de la Secretaría de Salud sobre substancias peligrosas, ya que esto puede afectar su práctica y la disponibilidad de ciertos productos.

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