Este artículo define las substancias psicotrópicas y establece que su clasificación será determinada por el Consejo de Salubridad General o la Secretaría de Salud.
Para los efectos de esta Ley, se consideran substancias psicotrópicas las señaladas en el artículo 245 de este ordenamiento y aquellas que determine específicamente el Consejo de Salubridad General o la Secretaría de Salud. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 23-12-1987
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La correcta identificación de substancias psicotrópicas es vital para los profesionales de la salud. Esto ayuda a prevenir el abuso y a garantizar un tratamiento adecuado.
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