LGS

Artículo 204. Autorización para venta de productos

Los productos de salud, incluyendo medicamentos y plaguicidas, deben contar con autorización sanitaria para su venta. Esto es crucial para garantizar la seguridad pública.

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Texto Legal

Los medicamentos, dispositivos médicos y otros insumos para la salud, los estupefacientes, substancias psicotrópicas y productos que los contengan, así como los plaguicidas, nutrientes vegetales y substancias tóxicas o peligrosas, para su venta o suministro deberán contar con autorización sanitaria, en los términos de esta ley y demás disposiciones aplicables. Párrafo reformado DOF 10-05-2023

LEY GENERAL DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Las autoridades de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno participarán en la prevención y combate a las actividades de posesión, comercio o suministro de estupefacientes y psicotrópicos cuando dichas actividades se realicen en lugares públicos, y actuarán conforme a sus atribuciones. Párrafo adicionado DOF 20-08-2009 Artículo reformado DOF 27-05-1987, 14-06-1991, 07-05-1997

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La autorización sanitaria es un requisito indispensable para la comercialización de productos de salud. Las empresas deben asegurarse de tener todos los permisos en regla para evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 204 del LGS?

Los productos de salud, incluyendo medicamentos y plaguicidas, deben contar con autorización sanitaria para su venta. Esto es crucial para garantizar la seguridad pública.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 204 de la LEY de Salud?

[IA] La autorización sanitaria es un requisito indispensable para la comercialización de productos de salud. Las empresas deben asegurarse de tener todos los permisos en regla para evitar sanciones.

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