Se define el proceso como el conjunto de actividades relacionadas con la obtención y manejo de productos de salud. La Secretaría de Salud supervisa estas actividades, especialmente en el sacrificio de animales.
Para los efectos de esta Ley, se entiende por proceso el conjunto de actividades relativas a la obtención, elaboración, fabricación, preparación, conservación, mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulación, transporte, distribución, almacenamiento y expendio o suministro al público de los productos a que se refiere el artículo 194 de esta Ley.
La Secretaría ejercerá las facultades relacionadas con el conjunto de actividades que en el ejercicio de su desempeño desarrollan los establecimientos dedicados al sacrificio de animales y procesamiento de bienes de origen animal para consumo humano, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Sanidad Animal. Párrafo adicionado DOF 07-06-2012. Reformado DOF 29-05-2023 Artículo reformado DOF 27-05-1987
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Comprender la definición de proceso es esencial para los establecimientos de salud. Asegurarse de cumplir con las regulaciones en cada etapa del proceso es clave para evitar sanciones.
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