LGS

Artículo 162. Definición de accidente

Se define accidente como un hecho súbito que causa daños a la salud, resultante de condiciones prevenibles. Esta definición es clave para la implementación de políticas de prevención.

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 15 de enero de 2026. Verificado en 2026.

Texto Legal

Para los efectos de esta Ley, se entiende por accidente el hecho súbito que ocasione daños a la salud, y que se produzca por la concurrencia de condiciones potencialmente prevenibles.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Comprender esta definición ayuda a los profesionales a identificar y reportar accidentes de manera adecuada, lo que puede influir en la prevención y control de riesgos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 162 del LGS?

Se define accidente como un hecho súbito que causa daños a la salud, resultante de condiciones prevenibles. Esta definición es clave para la implementación de políticas de prevención.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 162 de la LEY de Salud?

[IA] Comprender esta definición ayuda a los profesionales a identificar y reportar accidentes de manera adecuada, lo que puede influir en la prevención y control de riesgos.

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