Los laboratorios que manejen agentes patógenos estarán sujetos a control por parte de las autoridades sanitarias, asegurando que se sigan las normas para prevenir la propagación de enfermedades.
Los laboratorios que manejen agentes patógenos estarán sujetos a control por parte de las autoridades sanitarias competentes, de conformidad con las normas oficiales mexicanas que expida la Secretaría de Salud, en lo relativo a las precauciones higiénicas que deban observar, para evitar la propagación de las enfermedades transmisibles al ser humano. Cuando esto represente peligro para la salud animal, se oirá la opinión de las autoridades competentes en la materia.
LEY GENERAL DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Artículo reformado DOF 27-05-1987, 07-05-1997, 16-03-2022
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los laboratorios deben cumplir con estrictas regulaciones para evitar sanciones. Es recomendable que se realicen auditorías internas para asegurar el cumplimiento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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