LGS

Artículo 127. Exposición a radiaciones

Este articulo establece límites máximos permisibles de exposición a radiaciones, protegiendo la salud de los trabajadores. Es un aspecto clave en la regulación de la salud ocupacional.

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 15 de enero de 2026. Verificado en 2026.

Texto Legal

Sin perjuicio de lo que establecen la ley Federal del Trabajo y sus reglamentos, en relación con labores peligrosas e insalubres, el cuerpo humano sólo podrá ser expuesto a radiaciones dentro de los máximos permisibles que establezca la Secretaría de Salud, incluyendo sus aplicaciones para la investigación médica, de diagnóstico y terapéutica. Artículo reformado DOF 27-05-1987

CAPITULO V Salud Ocupacional

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La regulación de la exposición a radiaciones es esencial para la salud ocupacional. Los contadores deben asesorar a las empresas sobre el cumplimiento de estos límites.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 127 del LGS?

Este articulo establece límites máximos permisibles de exposición a radiaciones, protegiendo la salud de los trabajadores. Es un aspecto clave en la regulación de la salud ocupacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 127 de la LEY de Salud?

[IA] La regulación de la exposición a radiaciones es esencial para la salud ocupacional. Los contadores deben asesorar a las empresas sobre el cumplimiento de estos límites.

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