Este articulo establece límites máximos permisibles de exposición a radiaciones, protegiendo la salud de los trabajadores. Es un aspecto clave en la regulación de la salud ocupacional.
Sin perjuicio de lo que establecen la ley Federal del Trabajo y sus reglamentos, en relación con labores peligrosas e insalubres, el cuerpo humano sólo podrá ser expuesto a radiaciones dentro de los máximos permisibles que establezca la Secretaría de Salud, incluyendo sus aplicaciones para la investigación médica, de diagnóstico y terapéutica. Artículo reformado DOF 27-05-1987
CAPITULO V Salud Ocupacional
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La regulación de la exposición a radiaciones es esencial para la salud ocupacional. Los contadores deben asesorar a las empresas sobre el cumplimiento de estos límites.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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