LGRA

Artículo 74. Plazos de prescripcion de faltas

Las faltas administrativas no graves prescriben en tres años, mientras que las graves lo hacen en siete. La prescripción se interrumpe con la clasificación de la falta.

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Texto Legal

Para el caso de Faltas administrativas no graves, las facultades de las Secretarías o de los Órganos internos de control para imponer las sanciones prescribirán en tres años, contados a partir del día siguiente al que se hubieren cometido las infracciones, o a partir del momento en que hubieren cesado.

Cuando se trate de Faltas administrativas graves o Faltas de particulares, el plazo de prescripción será de siete años, contados en los mismos términos del párrafo anterior.

La prescripción se interrumpirá con la clasificación a que se refiere el primer párrafo del artículo 100 de esta Ley.

Si se dejare de actuar en los procedimientos de responsabilidad administrativa originados con motivo de la admisión del citado informe, y como consecuencia de ello se produjera la caducidad de la instancia, la prescripción se reanudará desde el día en que se admitió el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa.

En ningún caso, en los procedimientos de responsabilidad administrativa podrá dejar de actuarse por más de seis meses sin causa justificada; en caso de actualizarse dicha inactividad, se decretará, a solicitud del presunto infractor, la caducidad de la instancia.

Los plazos a los que se refiere el presente artículo se computarán en días naturales.

LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-12-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

TÍTULO CUARTO SANCIONES

Capítulo I Sanciones por faltas administrativas no graves

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los contadores y abogados estén atentos a los plazos de prescripción para asegurar que sus clientes no pierdan derechos a defensa. La gestión oportuna de estos plazos es esencial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 74 del LGRA?

Las faltas administrativas no graves prescriben en tres años, mientras que las graves lo hacen en siete. La prescripción se interrumpe con la clasificación de la falta.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 74 de la LEY de Responsabilidades Administrativas?

[IA] Es importante que los contadores y abogados estén atentos a los plazos de prescripción para asegurar que sus clientes no pierdan derechos a defensa. La gestión oportuna de estos plazos es esencial.

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