LGRA

Artículo 206. Firmes y recursos contra resoluciones

Las resoluciones se consideran firmes cuando no se interpone recurso en los plazos establecidos. Esto implica que los interesados deben estar atentos a los tiempos para evitar la firmeza de las resoluciones.

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Texto Legal

Las resoluciones se considerarán que han quedado firmes, cuando transcurridos los plazos previstos en esta Ley, no se haya interpuesto en su contra recurso alguno; o bien, desde su emisión, cuando no proceda contra ellas recurso o medio ordinario de defensa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los contadores y abogados deben monitorear los plazos para interponer recursos, ya que la falta de acción puede resultar en la firmeza de resoluciones desfavorables.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 206 del LGRA?

Las resoluciones se consideran firmes cuando no se interpone recurso en los plazos establecidos. Esto implica que los interesados deben estar atentos a los tiempos para evitar la firmeza de las resoluciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 206 de la LEY de Responsabilidades Administrativas?

[IA] Los contadores y abogados deben monitorear los plazos para interponer recursos, ya que la falta de acción puede resultar en la firmeza de resoluciones desfavorables.

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