LGRA

Artículo 203. Firma de resoluciones

Las resoluciones deben ser firmadas autográficamente por la autoridad que las emite, asegurando su validez y autenticidad.

firmaresolucionesautenticidad

Texto Legal

Las resoluciones deben ser firmadas de forma autógrafa por la autoridad que la emita, y, de ser el caso, por el secretario correspondiente en los términos que se dispongan en las leyes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La firma autógrafa es un elemento esencial para la validez de las resoluciones. Las autoridades deben asegurarse de que todas las resoluciones estén debidamente firmadas para evitar impugnaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 203 del LGRA?

Las resoluciones deben ser firmadas autográficamente por la autoridad que las emite, asegurando su validez y autenticidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 203 de la LEY de Responsabilidades Administrativas?

[IA] La firma autógrafa es un elemento esencial para la validez de las resoluciones. Las autoridades deben asegurarse de que todas las resoluciones estén debidamente firmadas para evitar impugnaciones.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 203 del LGRA?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 203 LGRA desde tu celular