LGRA

Artículo 195. Subsanación del informe

Si el Informe de Presunta Responsabilidad presenta deficiencias, la autoridad investigadora deberá subsanarlas en un plazo de tres días, o de lo contrario, se considerará no presentado.

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Texto Legal

En caso de que la Autoridad substanciadora advierta que el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa adolece de alguno o algunos de los requisitos señalados en el artículo anterior, o que la narración de los hechos fuere obscura o imprecisa, prevendrá a la Autoridad

LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-12-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

investigadora para que los subsane en un término de tres días. En caso de no hacerlo se tendrá por no presentado dicho informe, sin perjuicio de que la Autoridad investigadora podrá presentarlo nuevamente siempre que la sanción prevista para la Falta administrativa en cuestión no hubiera prescrito.

Sección Décima De la improcedencia y el sobreseimiento

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es vital que las autoridades actúen rápidamente para subsanar cualquier error en el informe. Los abogados deben estar atentos a los plazos para garantizar la validez del procedimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 195 del LGRA?

Si el Informe de Presunta Responsabilidad presenta deficiencias, la autoridad investigadora deberá subsanarlas en un plazo de tres días, o de lo contrario, se considerará no presentado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 195 de la LEY de Responsabilidades Administrativas?

[IA] Es vital que las autoridades actúen rápidamente para subsanar cualquier error en el informe. Los abogados deben estar atentos a los plazos para garantizar la validez del procedimiento.

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