LGRA

Artículo 183. Tachar testigos y objetar pruebas

Para tachar testigos u objetar pruebas, se deben señalar razones precisas y pruebas que sustenten las afirmaciones. Este artículo establece requisitos claros para la promoción de incidentes relacionados con pruebas.

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Texto Legal

Cuando los incidentes tengan por objeto tachar testigos, o bien, objetar pruebas en cuanto su alcance y valor probatorio, será necesario que quien promueva el incidente señale con precisión las razones que tiene para ello, así como las pruebas que sustenten sus afirmaciones. En caso de no hacerlo así, el incidente será desechado de plano.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las partes deben prepararse adecuadamente al promover incidentes de este tipo, ya que la falta de fundamentos puede llevar al desechamiento inmediato.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 183 del LGRA?

Para tachar testigos u objetar pruebas, se deben señalar razones precisas y pruebas que sustenten las afirmaciones. Este artículo establece requisitos claros para la promoción de incidentes relacionados con pruebas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 183 de la LEY de Responsabilidades Administrativas?

[IA] Las partes deben prepararse adecuadamente al promover incidentes de este tipo, ya que la falta de fundamentos puede llevar al desechamiento inmediato.

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