LGRA

Artículo 164. Colaboración del ministerio público

La Autoridad puede solicitar la colaboración del ministerio público para verificar la autenticidad de documentos cuestionados. Esto añade un nivel adicional de validación.

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Texto Legal

La Autoridad substanciadora o resolutora podrá solicitar la colaboración del ministerio público federal o de las entidades federativas, para determinar la autenticidad de cualquier documento que sea cuestionado por las partes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La colaboración con el ministerio público puede ser crucial en casos complejos. Considere esta opción si enfrenta dudas sobre la autenticidad de documentos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 164 del LGRA?

La Autoridad puede solicitar la colaboración del ministerio público para verificar la autenticidad de documentos cuestionados. Esto añade un nivel adicional de validación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 164 de la LEY de Responsabilidades Administrativas?

[IA] La colaboración con el ministerio público puede ser crucial en casos complejos. Considere esta opción si enfrenta dudas sobre la autenticidad de documentos.

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