Las pruebas documentales incluyen información escrita, visual o auditiva, y la Autoridad puede solicitar instrumentos tecnológicos para su apreciación.
Son pruebas documentales todas aquellas en las que conste información de manera escrita, visual o auditiva, sin importar el material, formato o dispositivo en la que esté plasmada o consignada. La Autoridad resolutora del asunto podrá solicitar a las partes que aporten los instrumentos tecnológicos necesarios para la apreciación de los documentos ofrecidos cuando éstos no estén a su disposición. En caso de que las partes no cuenten con tales instrumentos, dicha autoridad podrá solicitar la colaboración del Ministerio Público de la Federación, de las fiscalías o procuradurías locales, o de las
LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-12-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
entidades federativas, o bien, de las instituciones públicas de educación superior, para que le permitan el acceso al instrumental tecnológico necesario para la apreciación de las pruebas documentales. Artículo reformado DOF 20-05-2021
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las pruebas documentales son esenciales para respaldar argumentos. Las partes deben asegurarse de tener acceso a la tecnología necesaria para presentar adecuadamente estas pruebas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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