LGRA

Artículo 143. Colaboracion de autoridades competentes

Cuando las pruebas deben ser desahogadas fuera del ámbito jurisdiccional, se puede solicitar la colaboración de autoridades competentes mediante exhorto o carta rogatoria. Esto facilita la obtención de pruebas.

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Texto Legal

Cuando la preparación o desahogo de las pruebas deba tener lugar fuera del ámbito jurisdiccional de la Autoridad resolutora del asunto, podrá solicitar, mediante exhorto o carta rogatoria, la colaboración de las autoridades competentes del lugar. Tratándose de cartas rogatorias se estará a lo dispuesto en los tratados y convenciones de los que México sea parte.

Sección Quinta De las pruebas en particular

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La colaboración entre autoridades es esencial para la eficacia del proceso. Los abogados deben conocer los procedimientos para solicitar esta colaboración adecuadamente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 143 del LGRA?

Cuando las pruebas deben ser desahogadas fuera del ámbito jurisdiccional, se puede solicitar la colaboración de autoridades competentes mediante exhorto o carta rogatoria. Esto facilita la obtención de pruebas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 143 de la LEY de Responsabilidades Administrativas?

[IA] La colaboración entre autoridades es esencial para la eficacia del proceso. Los abogados deben conocer los procedimientos para solicitar esta colaboración adecuadamente.

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