LGRA

Artículo 104. Presentación del escrito de impugnación

El escrito de impugnación debe presentarse ante la autoridad que calificó la falta, expresando los motivos de la impugnación. Esto es esencial para el correcto desarrollo del recurso.

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Texto Legal

El escrito de impugnación deberá presentarse ante la Autoridad investigadora que hubiere hecho la calificación de la falta administrativa como no grave, debiendo expresar los motivos por los que se estime indebida dicha calificación.

Interpuesto el recurso, la Autoridad investigadora deberá correr traslado, adjuntando el expediente integrado y un informe en el que justifique la calificación impugnada, a la Sala Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas que corresponda.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La claridad y precisión en el escrito de impugnación son vitales para su aceptación. Los abogados deben ayudar a sus clientes a redactar documentos que cumplan con los requisitos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 104 del LGRA?

El escrito de impugnación debe presentarse ante la autoridad que calificó la falta, expresando los motivos de la impugnación. Esto es esencial para el correcto desarrollo del recurso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 104 de la LEY de Responsabilidades Administrativas?

[IA] La claridad y precisión en el escrito de impugnación son vitales para su aceptación. Los abogados deben ayudar a sus clientes a redactar documentos que cumplan con los requisitos legales.

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