LGPDPPSO

Artículo 93. Negativa a requerimientos

Si se niega a cumplir con los requerimientos de la Secretaría, se perderá el derecho a hacerlo en otro momento. La Secretaría considerará ciertos los hechos del procedimiento.

negativaderechosprocedimientos

Texto Legal

Cuando la persona titular, el responsable o cualquier autoridad se niegue a atender o cumplimentar los requerimientos, solicitudes de información y documentación, emplazamientos, citaciones o diligencias notificadas por la Secretaría y las Autoridades garantes, según corresponda, o facilitar la práctica de las diligencias que hayan sido ordenadas, o entorpezca sus actuaciones, según corresponda, tendrán por perdido su derecho para hacerlo valer en algún otro momento del procedimiento y la Secretaría y las Autoridades garantes, según corresponda, tendrán por ciertos los hechos materia del procedimiento y resolverán con los elementos que dispongan.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los responsables cumplan con los requerimientos para evitar consecuencias adversas. La falta de respuesta puede perjudicar su posición en el procedimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 93 del LGPDPPSO?

Si se niega a cumplir con los requerimientos de la Secretaría, se perderá el derecho a hacerlo en otro momento. La Secretaría considerará ciertos los hechos del procedimiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 93 de la LEY de Protección de Datos Personales en Posesi...?

[IA] Es importante que los responsables cumplan con los requerimientos para evitar consecuencias adversas. La falta de respuesta puede perjudicar su posición en el procedimiento.

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