LGPDPPSO

Artículo 113. Criterios de interpretacion

La Secretaría puede emitir criterios de interpretación basados en resoluciones previas, orientando así a las Autoridades garantes. Esto ayuda a unificar criterios en la aplicación de la ley.

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Texto Legal

Una vez que hayan causado ejecutoria las resoluciones dictadas con motivo de los recursos que se sometan a su competencia, la Secretaría podrá emitir los criterios de interpretación que estime pertinentes y que deriven de lo resuelto en los mismos. La Secretaría podrá emitir criterios de carácter orientador para las Autoridades garantes, que se establecerán por reiteración al resolver tres casos análogos de manera consecutiva en el mismo sentido, derivados de resoluciones que hayan causado estado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los responsables deben estar atentos a los criterios emitidos por la Secretaría, ya que estos pueden influir en la interpretación de sus obligaciones legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 113 del LGPDPPSO?

La Secretaría puede emitir criterios de interpretación basados en resoluciones previas, orientando así a las Autoridades garantes. Esto ayuda a unificar criterios en la aplicación de la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 113 de la LEY de Protección de Datos Personales en Posesi...?

[IA] Los responsables deben estar atentos a los criterios emitidos por la Secretaría, ya que estos pueden influir en la interpretación de sus obligaciones legales.

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