LGPC

Artículo 93. Colaboración entre gobiernos

Los gobiernos Federal y estatales deben colaborar en la implementación de programas que ayuden a reincorporar a los productores de bajos ingresos a sus actividades productivas. Esta colaboración incluye la aportación de recursos.

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Texto Legal

Los gobiernos Federal y de las entidades federativas deberán concurrir tanto en acciones como en la aportación de recursos, para la instrumentación de programas que coadyuven a la reincorporación de los productores de bajos ingresos a sus actividades productivas. Artículo reformado DOF 19-01-2018

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La colaboración entre diferentes niveles de gobierno puede optimizar el uso de recursos. Es recomendable que los productores se informen sobre los programas disponibles en su localidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 93 del LGPC?

Los gobiernos Federal y estatales deben colaborar en la implementación de programas que ayuden a reincorporar a los productores de bajos ingresos a sus actividades productivas. Esta colaboración incluye la aportación de recursos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 93 de la LEY de Protección Civil?

[IA] La colaboración entre diferentes niveles de gobierno puede optimizar el uso de recursos. Es recomendable que los productores se informen sobre los programas disponibles en su localidad.

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