LGPC

Artículo 6. Funciones del Ejecutivo Federal

El Ejecutivo Federal tiene la responsabilidad de asegurar el funcionamiento del Sistema Nacional de Protección Civil, promoviendo la gestión integral de riesgos y la asignación de recursos para acciones preventivas y de auxilio.

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Texto Legal

La coordinación y aplicación de esta Ley, se hará con respeto absoluto a las atribuciones constitucionales y legales de las autoridades e instituciones que intervienen en el Sistema Nacional.

Capítulo II De la Protección Civil

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las empresas deben estar atentas a las directrices del Ejecutivo para alinearse con las políticas de protección civil y garantizar su cumplimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del LGPC?

El Ejecutivo Federal tiene la responsabilidad de asegurar el funcionamiento del Sistema Nacional de Protección Civil, promoviendo la gestión integral de riesgos y la asignación de recursos para acciones preventivas y de auxilio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la LEY de Protección Civil?

[IA] Las empresas deben estar atentas a las directrices del Ejecutivo para alinearse con las políticas de protección civil y garantizar su cumplimiento.

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