LGPSACDII

Artículo 52. Contenido del programa de trabajo

El programa de trabajo de los centros de atención debe incluir información sobre derechos de los niños, actividades educativas y mecanismos de quejas. Esto asegura un enfoque integral en la atención.

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Texto Legal

El programa de trabajo a que se refiere la fracción VI del artículo 50 de la presente Ley, deberá contener al menos la siguiente información:

I. Los derechos de niñas y niños enumerados en el artículo 11 de la presente Ley;

II. Actividades formativas y educativas y los resultados esperados;

III. La forma en que se dará cumplimiento a cada una de las actividades que señala el artículo 12 de la presente Ley;

IV. El perfil de cada una de las personas que laborarán en el Centro de Atención directamente vinculadas al trabajo con niñas y niños, así como las actividades concretas que se les encomendarán;

V. Las formas y actividades de apoyo a los padres, las personas que ejerzan la tutela o custodia, o quien sea responsable del cuidado y crianza, para fortalecer la comprensión de sus funciones en la atención, cuidado y desarrollo integral de la niña o niño;

VI. El mecanismo que garantice la confiabilidad y seguridad para la identificación o reconocimiento de las personas autorizadas para entregar y recibir a niñas y niños;

LEY GENERAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ATENCIÓN, CUIDADO Y DESARROLLO INTEGRAL INFANTIL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

VII. Los procedimientos de recepción, procesamiento, resolución y seguimiento de quejas y sugerencias por parte de niñas, niños, la madre, el padre o quien ejerza la custodia legal, y

VIII. El procedimiento para la entrega de información a los padres, las personas que ejerzan la tutela o custodia o quien sea responsable del cuidado y crianza, sobre el desempeño y desarrollo integral de niñas y niños.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Asegurarse de que el programa esté bien estructurado y sea accesible para padres y tutores es clave para fomentar la confianza en el servicio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 52 del LGPSACDII?

El programa de trabajo de los centros de atención debe incluir información sobre derechos de los niños, actividades educativas y mecanismos de quejas. Esto asegura un enfoque integral en la atención.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 52 de la LEY de Prestación de Servicios para la Atención...?

[IA] Asegurarse de que el programa esté bien estructurado y sea accesible para padres y tutores es clave para fomentar la confianza en el servicio.

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