La caducidad de concesiones puede ocurrir por no iniciar actividades o suspender la explotación sin justificación. Es fundamental que los titulares cumplan con los plazos establecidos.
Son causas de caducidad:
I. No iniciar, sin causa justificada, la actividad en el plazo establecido;
II. Suspender, sin causa justificada, la explotación por más de tres meses consecutivos;
III. No iniciar la construcción de obras e instalaciones o la adquisición de equipos en los términos y plazos convenidos en el permiso o concesión, y
IV. No concluir las obras e instalaciones en las fechas señaladas.
En los supuestos anteriores para que no constituyan causa de caducidad, se requiere que el interesado someta a consideración de la Secretaría los motivos que lo justifiquen para que ésta los califique y resuelva lo conducente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los titulares deben documentar cualquier circunstancia que impida el cumplimiento de plazos para evitar la caducidad. La comunicación con la Secretaría es esencial en estos casos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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