LGPAS

Artículo 32. Carta Nacional Pesquera

La Carta Nacional Pesquera es un documento clave que resume el diagnóstico de la actividad pesquera y acuícola, y es vinculante para la toma de decisiones de la autoridad pesquera. Su elaboración y actualización son responsabilidad del IMIPAS, con participación del sector académico y productivo.

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Texto Legal

La Carta Nacional Pesquera es la presentación cartográfica y escrita que contiene el resumen de la información necesaria del diagnóstico y evaluación integral de la actividad pesquera y acuícola, así como de los indicadores sobre la disponibilidad y conservación de los recursos pesqueros y acuícolas, en aguas de jurisdicción federal. Su contenido tendrá carácter informativo para los sectores productivos y será vinculante en la toma de decisiones de la autoridad pesquera en la adopción e implementación de instrumentos y medidas para el control del esfuerzo pesquero, en la resolución de solicitudes de concesiones y permisos para la realización de actividades pesqueras y acuícolas, y en la implementación y ejecución de acciones y medidas relacionadas con dichos actos administrativos.

La elaboración y actualización de la Carta Nacional Pesquera estará a cargo del IMIPAS, con la participación que le corresponda a las demás unidades administrativas de la Secretaría y las contribuciones del sector académico y productivo, que deberán hacerse del conocimiento del Comité Asesor Técnico Científico del IMIPAS y deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación cada dos años y podrán publicarse actualizaciones de las fichas individuales, sin que el total de la Carta pierda su validez. Párrafo reformado DOF 07-12-2022, 04-12-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La Carta Nacional es esencial para la regulación del esfuerzo pesquero. Los sectores involucrados deben estar atentos a las actualizaciones y participar activamente en su elaboración.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 32 del LGPAS?

La Carta Nacional Pesquera es un documento clave que resume el diagnóstico de la actividad pesquera y acuícola, y es vinculante para la toma de decisiones de la autoridad pesquera. Su elaboración y actualización son responsabilidad del IMIPAS, con participación del sector académico y productivo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 32 de la LEY de Pesca y Acuacultura Sustentables?

[IA] La Carta Nacional es esencial para la regulación del esfuerzo pesquero. Los sectores involucrados deben estar atentos a las actualizaciones y participar activamente en su elaboración.

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