LGPAS

Artículo 12. Acuerdos de Coordinación

Los acuerdos de coordinación entre la Federación y entidades federativas deben establecer claramente sus objetivos, responsabilidades y recursos. Esto asegura una gestión eficiente.

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Texto Legal

Los convenios y acuerdos de coordinación que suscriba la Federación, por conducto de la Secretaría, con los gobiernos de las entidades federativas, con la participación, en su caso, de sus municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México deberán sujetarse a lo siguiente: Párrafo reformado DOF 19-01-2018

I. Establecer su objeto con precisión, las materias y facultades que se asumirán, que deberán ser acordes con la política nacional de pesca y acuacultura sustentables;

II. Establecerán las responsabilidades y la participación de cada una de las partes, los bienes y recursos aportados por cada una, su destino y su forma de administración;

III. Se celebrarán a petición de una entidad federativa cuando garantice que cuenta con los recursos humanos capacitados y la estructura institucional específica para atender las funciones que asumiría de acuerdo con los recursos financieros que serán transferidos para cumplir con las responsabilidades;

IV. Establecerán el órgano u órganos que llevarán a cabo las acciones que resulten de los convenios o acuerdos de coordinación y definirán los procedimientos informativos correspondientes para vigilar el cumplimiento de los objetivos, y

V. Definirán la vigencia del instrumento, sus formas de modificación y terminación y, en su caso, la duración de sus prórrogas.

Los convenios y acuerdos de coordinación, así como sus modificaciones, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial del gobierno local respectivo.

CAPÍTULO III DE LA CONCURRENCIA

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La claridad en los acuerdos es esencial para evitar conflictos y asegurar la correcta implementación de políticas en el sector pesquero y acuícola.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LGPAS?

Los acuerdos de coordinación entre la Federación y entidades federativas deben establecer claramente sus objetivos, responsabilidades y recursos. Esto asegura una gestión eficiente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY de Pesca y Acuacultura Sustentables?

[IA] La claridad en los acuerdos es esencial para evitar conflictos y asegurar la correcta implementación de políticas en el sector pesquero y acuícola.

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