LGPP

Artículo 67. Limitaciones a exenciones fiscales

Las exenciones fiscales mencionadas en el artículo anterior no aplican en ciertos casos, como contribuciones estatales sobre propiedad inmobiliaria. Es importante que los partidos conozcan estas limitaciones.

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Texto Legal

1. Los supuestos a que se refiere el artículo anterior no se aplicarán en los siguientes casos:

a) [En el de contribuciones, incluyendo tasas adicionales que establezcan los estados o el Distrito Federal, sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, adicionales que se establezcan sobre la propiedad, división, consolidación, traslación y mejora, así como los que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles, y] Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

b) [De los impuestos y derechos que establezcan los estados, los municipios o el Distrito Federal por la prestación de los servicios públicos.] Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los partidos deben revisar cuidadosamente las limitaciones a las exenciones fiscales para evitar sorpresas en sus obligaciones tributarias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 67 del LGPP?

Las exenciones fiscales mencionadas en el artículo anterior no aplican en ciertos casos, como contribuciones estatales sobre propiedad inmobiliaria. Es importante que los partidos conozcan estas limitaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 67 de la LEY de Partidos Políticos?

[IA] Los partidos deben revisar cuidadosamente las limitaciones a las exenciones fiscales para evitar sorpresas en sus obligaciones tributarias.

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