Cada partido politico es responsable de su contabilidad y del cumplimiento de la ley. Esto incluye la operacion del sistema de contabilidad y las decisiones del Consejo General.
1. Cada partido político será responsable de su contabilidad y de la operación del sistema de contabilidad, así como del cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley y las decisiones que en la materia emita el Consejo General del Instituto y la Comisión de Fiscalización.
[2. Suprimido] Numeral adicionado DOF 02-03-2023 Numeral declarado inválido y suprimido conforme al texto de la ley “que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La responsabilidad contable es fundamental para la transparencia. Los partidos deben contar con personal capacitado en contabilidad y fiscalizacion.
Anterior
Art. 58. Verificación de operaciones financieras
Siguiente
Art. 60. Características del sistema contable
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo