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Artículo 88. Justicia integral para adolescentes

Este artículo establece los lineamientos para la justicia integral de adolescentes en conflicto con la ley penal, asegurando la protección de sus derechos fundamentales. Se enfatiza la necesidad de procedimientos que respeten la condición de desarrollo de los adolescentes.

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Texto Legal

La legislación en materia de justicia integral para adolescentes en conflicto con la ley penal determinará los procedimientos y las medidas que correspondan a quienes se les atribuya la comisión o participación en un hecho que la ley señale como delito mientras era adolescente.

La legislación a que se refiere el párrafo anterior, deberá garantizar los derechos fundamentales que reconoce la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para todo individuo, así como aquellos derechos específicos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos.

Capítulo Décimo Noveno Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los abogados y contadores comprendan las implicaciones de este artículo en la defensa de adolescentes. La protección de sus derechos debe ser prioritaria en cualquier procedimiento legal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 88 del LGDNNA?

Este artículo establece los lineamientos para la justicia integral de adolescentes en conflicto con la ley penal, asegurando la protección de sus derechos fundamentales. Se enfatiza la necesidad de procedimientos que respeten la condición de desarrollo de los adolescentes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 88 de la LEY de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes?

[IA] Es crucial que los abogados y contadores comprendan las implicaciones de este artículo en la defensa de adolescentes. La protección de sus derechos debe ser prioritaria en cualquier procedimiento legal.

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