LGDNNA

Artículo 135 Bis. Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias

Se crea el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para concentrar la informacion de deudores y acreedores, garantizando la proteccion de derechos de niñas, niños y adolescentes. Este registro es un avance significativo en la gestion de obligaciones alimentarias.

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Texto Legal

Se crea el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias cuyo objeto es concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, a fin de dar efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Los Tribunales Superiores de las entidades federativas y de la Ciudad de México suministrarán, intercambiarán, sistematizarán, consultarán, analizarán y actualizarán, la información que se genere sobre el incumplimiento de las obligaciones alimentarias en el ámbito de sus competencias utilizando los sistemas e instrumentos tecnológicos del Sistema Nacional DIF para que con ella integre al Registro Nacional de Obligaciones.

La calidad de deudor moroso se difundirá en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, el cual, será público con base en lo dispuesto en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

Las Procuradurías de Protección de las entidades federativas y de la Ciudad de México tendrán acceso total a las bases de datos del Registro Nacional de Obligaciones.

Los datos recabados en este registro podrán ser utilizados para los fines estadísticos o de análisis que se consideren necesarios.

La actualización del registro deberá realizarse de forma mensual. Artículo adicionado DOF 08-05-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este registro permite un seguimiento mas efectivo de las obligaciones alimentarias. Los abogados deben familiarizarse con su funcionamiento para asesorar a sus clientes sobre sus derechos y obligaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 135 Bis del LGDNNA?

Se crea el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para concentrar la informacion de deudores y acreedores, garantizando la proteccion de derechos de niñas, niños y adolescentes. Este registro es un avance significativo en la gestion de obligaciones alimentarias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 135 Bis de la LEY de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes?

[IA] Este registro permite un seguimiento mas efectivo de las obligaciones alimentarias. Los abogados deben familiarizarse con su funcionamiento para asesorar a sus clientes sobre sus derechos y obligaciones.

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