Se establecen las reglas para determinar la validez o nulidad de los votos emitidos en las elecciones. Esto incluye criterios específicos sobre cómo se deben marcar las boletas.
1. Para determinar la validez o nulidad de los votos, se observarán las reglas siguientes:
a) Se contará un voto válido por la marca o asiento que realice la persona votante en un recuadro de una misma boleta en favor de una candidatura claramente identificable, con independencia de que puedan emitirse dos o más votos por diversas candidaturas contenidas en una misma boleta.
b) El Instituto determinará la cantidad de votos válidos que pueda emitir cada persona votante en una misma boleta, en función del tipo de elección y el número de candidaturas a elegir.
c) Se contará como nulo cualquier voto depositado en la urna sin haber marcado o asentado alguna opción, o se realice de tal forma que no permita identificar el sentido de un voto. Artículo adicionado DOF 14-10-2024
Interpretación práctica por el equipo de SDV
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