El Secretario Ejecutivo del Instituto tiene un periodo de seis años en el cargo, con posibilidad de reelección una sola vez. Esto establece una continuidad en la administración electoral.
[1. El Secretario Ejecutivo del Instituto durará en el cargo seis años y podrá ser reelecto una sola vez.] Artículo reformado DOF 02-03-2023 Artículo declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La duración y reelección del Secretario Ejecutivo pueden influir en la estabilidad del Instituto. Es importante que los contadores y abogados estén al tanto de estas disposiciones para planificar estrategias electorales.
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Art. 49. Funciones del Secretario Ejecutivo
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