El Secretario Ejecutivo coordina la Junta General y supervisa las actividades de los órganos del Instituto. Su papel es fundamental para asegurar el correcto funcionamiento de la administración electoral.
LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-10-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
[1. El Secretario Ejecutivo coordina la Junta General, conduce la administración y supervisa el desarrollo adecuado de las actividades de los órganos ejecutivos y técnicos del Instituto.] Artículo reformado DOF 02-03-2023 Artículo declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La figura del Secretario Ejecutivo es clave en la administración electoral. Los abogados deben conocer sus funciones para asesorar adecuadamente a sus clientes en temas electorales.
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Art. 48. Reuniones de la Junta General Ejecutiva
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Art. 50. Duración en el cargo del Secretario Ejecutivo
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