Este articulo detalla las infracciones que cometen los extranjeros al violar disposiciones constitucionales y legales en materia electoral. Se enfoca en la regulación de la participación de extranjeros en procesos electorales.
1. Constituyen infracciones a la presente Ley de los extranjeros, las conductas que violen lo dispuesto por el artículo 33 de la Constitución y las leyes aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los extranjeros comprendan las limitaciones de su participación en procesos electorales para evitar sanciones. Los asesores legales deben informar a sus clientes sobre estas restricciones.
Anterior
Art. 450. Infracciones de notarios publicos
Siguiente
Art. 452. Infracciones de concesionarios de medios
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo