LGIPE

Artículo 45. Atribuciones del Presidente del Consejo

El Presidente del Consejo General tiene varias atribuciones, como garantizar la cohesión de actividades y establecer vínculos con otras autoridades. Su papel es crucial para la dirección del Instituto.

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Texto Legal

1. Corresponden al Presidente del Consejo General las atribuciones siguientes:

a) Garantizar la unidad y cohesión de las actividades de los órganos del Instituto;

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-10-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

b)Establecer los vínculos entre el Instituto y las autoridades federales, estatales y municipales, para que, en sus respectivos ámbitos de competencia, colaboren con el Instituto para el cumplimiento de sus fines;

c)Convocar y conducir las sesiones del Consejo General;

d)Vigilar el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el propio Consejo General;

e)Proponer al Consejo General el nombramiento del Secretario Ejecutivo; Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023 Inciso reformado DOF 14-10-2024

f)[Designar de entre los integrantes de la Junta General Ejecutiva a quien sustanciará en términos de la ley de la materia, el medio de impugnación que se interponga en contra de los actos o resoluciones del Secretario Ejecutivo;] Inciso derogado DOF 02-03-2023 Derogación del inciso declarada inválida y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

g)Recibir del titular del Órgano Interno de Control los informes de las revisiones y auditorías que se realicen para verificar la correcta y legal aplicación de los recursos y bienes del Instituto, así como hacerlos del conocimiento del Consejo General; Inciso reformado DOF 27-01-2017

h)[Proponer anualmente al Consejo General el anteproyecto de presupuesto del Instituto para su aprobación;] Inciso derogado DOF 02-03-2023 Derogación del inciso declarada inválida y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

i)Remitir al titular del Poder Ejecutivo el proyecto de presupuesto del Instituto aprobado por el Consejo General, en los términos de la ley de la materia;

j)Recibir de los partidos políticos nacionales las solicitudes de registro de candidatos a la Presidencia de la República y las de candidatos a senadores y diputados por el principio de representación proporcional y someterlas al Consejo General para su registro;

k)[Presidir la Junta General Ejecutiva e informar al Consejo General de los trabajos de la misma;] Inciso derogado DOF 02-03-2023 Derogación del inciso declarada inválida y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

l)[Previa aprobación del Consejo General, ordenar la realización de encuestas nacionales basadas en actas de escrutinio y cómputo de casilla a fin de conocer las tendencias de los resultados el día de la jornada electoral. Los resultados de dichos estudios deberán ser difundidos por el Consejero Presidente, previa aprobación del Consejo General, después de las veintidós horas del día de la jornada electoral;] Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

m)Dar a conocer la estadística electoral, por sección, municipio, distrito, entidad federativa y circunscripción plurinominal, una vez concluido el proceso electoral;

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-10-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

n)Convenir con las autoridades competentes la información y documentos que habrá de aportar la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores para los procesos electorales locales;

ñ) [Someter al Consejo General las propuestas para la creación de nuevas direcciones o unidades técnicas para el mejor funcionamiento del Instituto;] Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

o)Ordenar, en su caso, la publicación en el Diario Oficial de la Federación de los acuerdos y resoluciones que pronuncie el Consejo General, y

p)Designar a los directores ejecutivos y demás titulares de unidades técnicas del Instituto, y Inciso adicionado DOF 14-10-2024

q)Las demás que le confiera esta Ley. Inciso recorrido DOF 14-10-2024

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las atribuciones del Presidente son vitales para la coordinación del Instituto. Los abogados deben considerar su influencia en la toma de decisiones y en la gestión electoral.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 45 del LGIPE?

El Presidente del Consejo General tiene varias atribuciones, como garantizar la cohesión de actividades y establecer vínculos con otras autoridades. Su papel es crucial para la dirección del Instituto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 45 de la LEY de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[IA] Las atribuciones del Presidente son vitales para la coordinación del Instituto. Los abogados deben considerar su influencia en la toma de decisiones y en la gestión electoral.

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