Este artículo establece que la Unidad Técnica de Fiscalización revisará los informes de los aspirantes sobre sus recursos y auditorías. Su cumplimiento es esencial para la transparencia en el uso de recursos.
[1. La revisión de los informes que los aspirantes presenten sobre el origen y destino de sus recursos y de actos para el apoyo ciudadano según corresponda, así como la práctica de auditorías sobre el manejo de sus recursos y su situación contable y financiera estará a cargo de la Unidad Técnica de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización del Instituto.] Artículo reformado DOF 02-03-2023 Artículo declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los aspirantes deben asegurarse de presentar informes claros y completos, ya que la fiscalización rigurosa puede detectar irregularidades que afecten su candidatura.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo