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Artículo 421. Franquicias postales para candidatos

Este artículo establece las reglas para el uso de franquicias postales por parte de candidatos independientes durante las campañas electorales. Se especifica la distribución equitativa y las limitaciones territoriales para el envío de propaganda electoral.

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Texto Legal

1. Las franquicias postales para los Candidatos Independientes se sujetarán a las siguientes reglas:

a) Cada uno de los Candidatos Independientes, será considerado como un partido de nuevo registro para la distribución del cuatro por ciento de la franquicia postal a que se refiere esta Ley, que se distribuirá en forma igualitaria;

b) Los Candidatos Independientes sólo tendrán acceso a las franquicias postales durante la campaña electoral y en el ámbito territorial del cargo por el que están compitiendo;

c) [Los nombres y firmas de los representantes autorizados para realizar las gestiones para el uso de las franquicias, se registrarán ante la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos a fin de que ésta los comunique al organismo público correspondiente, y] Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

d) El envío de la propaganda electoral, se realizará conforme a lo siguiente:

I. El Candidato Independiente al cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, podrá remitir la propaganda a toda la República;

II. Los Candidatos Independientes al cargo de Senador, podrán remitir propaganda únicamente en la entidad en la que están compitiendo, y

III. Los Candidatos Independientes al cargo de Diputado, podrán remitir propaganda únicamente en el distrito por el que están compitiendo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los candidatos independientes comprendan las limitaciones y requisitos para el uso de franquicias postales, ya que esto puede impactar su visibilidad durante la campaña. Asegúrese de cumplir con las normativas para evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 421 del LGIPE?

Este artículo establece las reglas para el uso de franquicias postales por parte de candidatos independientes durante las campañas electorales. Se especifica la distribución equitativa y las limitaciones territoriales para el envío de propaganda electoral.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 421 de la LEY de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[IA] Es crucial que los candidatos independientes comprendan las limitaciones y requisitos para el uso de franquicias postales, ya que esto puede impactar su visibilidad durante la campaña. Asegúrese de cumplir con las normativas para evitar sanciones.

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