LGIPE

Artículo 400. Prohibiciones de aportaciones

Los Candidatos Independientes tienen prohibido recibir aportaciones en efectivo, metales y piedras preciosas de cualquier persona física o moral. Esta prohibición busca asegurar la transparencia en el financiamiento.

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Texto Legal

1. Los Candidatos Independientes tienen prohibido recibir aportaciones y donaciones en efectivo, así como de metales y piedras preciosas, por cualquier persona física o moral.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los candidatos deben ser cautelosos y asegurarse de que todas las aportaciones recibidas cumplan con las normativas para evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 400 del LGIPE?

Los Candidatos Independientes tienen prohibido recibir aportaciones en efectivo, metales y piedras preciosas de cualquier persona física o moral. Esta prohibición busca asegurar la transparencia en el financiamiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 400 de la LEY de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[IA] Los candidatos deben ser cautelosos y asegurarse de que todas las aportaciones recibidas cumplan con las normativas para evitar sanciones.

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