LGIPE

Artículo 391. Cancelacion de registro de diputados

El registro de la fórmula de diputados será cancelado si falta el propietario, aunque la ausencia del suplente no invalidará la fórmula. Esto establece un criterio claro sobre la validez de las candidaturas en caso de ausencias.

candidaturasregistrodiputados

Texto Legal

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-10-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

1. Tratándose de la fórmula de diputados, será cancelado el registro de la fórmula completa cuando falte el propietario. La ausencia del suplente no invalidará la fórmula.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los candidatos revisen la integridad de su fórmula antes de registrarse, ya que la falta del propietario puede llevar a la cancelación total del registro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 391 del LGIPE?

El registro de la fórmula de diputados será cancelado si falta el propietario, aunque la ausencia del suplente no invalidará la fórmula. Esto establece un criterio claro sobre la validez de las candidaturas en caso de ausencias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 391 de la LEY de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[IA] Es importante que los candidatos revisen la integridad de su fórmula antes de registrarse, ya que la falta del propietario puede llevar a la cancelación total del registro.

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