LGIPE

Artículo 380. Obligaciones de los aspirantes

Los aspirantes tienen varias obligaciones, incluyendo el respeto a la ley y la prohibición de aceptar recursos de procedencia ilícita. También deben abstenerse de recibir aportaciones de entidades prohibidas.

obligacionesaspirantesrecursos prohibidos

Texto Legal

1. Son obligaciones de las personas aspirantes: Párrafo reformado DOF 13-04-2020

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-10-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

a)Conducirse con respeto irrestricto a lo dispuesto en la Constitución y en la presente Ley;

b)No aceptar ni utilizar recursos de procedencia ilícita para realizar actos tendentes a obtener el apoyo ciudadano;

c)Abstenerse de recibir aportaciones y donaciones en efectivo, así como metales y piedras preciosas de cualquier persona física o moral;

d)Rechazar toda clase de apoyo económico, político o propagandístico proveniente de extranjeros o de ministros de culto de cualquier religión, así como de las asociaciones y organizaciones religiosas e iglesias. Tampoco podrán aceptar aportaciones o donativos, en dinero o en especie, por sí o por interpósita persona y bajo ninguna circunstancia de:

i) Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las entidades federativas, y los ayuntamientos, salvo en el caso del financiamiento público establecido en la Constitución y esta Ley;

ii) [Las dependencias, entidades u organismos de la Administración Pública Federal, estatal o municipal, centralizada o paraestatal, y los órganos de gobierno del Distrito Federal;] Subinciso reformado DOF 02-03-2023 Subinciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

iii) [Los organismos autónomos federales, estatales y del Distrito Federal;] Subinciso reformado DOF 02-03-2023 Subinciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

iv) Los partidos políticos, personas físicas o morales extranjeras;

v) Los organismos internacionales de cualquier naturaleza;

vi) Las personas morales, y

vii) Las personas que vivan o trabajen en el extranjero.

e)Abstenerse de realizar por sí o por interpósita persona, actos de presión o coacción para obtener el apoyo ciudadano;

f)Abstenerse de ejercer violencia política contra las mujeres en razón de género o de recurrir a expresiones que degraden, denigren o discriminen a otras personas aspirantes, precandidatas, candidatas, partidos políticos, personas, instituciones públicas o privadas; Inciso reformado DOF 13-04-2020

g)Rendir el informe de ingresos y egresos;

h)Respetar los topes de gastos fijados para obtener el apoyo ciudadano, en los términos que establece la presente Ley, y

i)Las demás establecidas por esta Ley.

CAPÍTULO V Del Registro de Candidatos Independientes LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-10-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Sección Primera De los Requisitos de Elegibilidad

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las obligaciones son estrictas y el incumplimiento puede resultar en sanciones severas. Los aspirantes deben establecer procedimientos internos para asegurar el cumplimiento de estas normativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 380 del LGIPE?

Los aspirantes tienen varias obligaciones, incluyendo el respeto a la ley y la prohibición de aceptar recursos de procedencia ilícita. También deben abstenerse de recibir aportaciones de entidades prohibidas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 380 de la LEY de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[IA] Las obligaciones son estrictas y el incumplimiento puede resultar en sanciones severas. Los aspirantes deben establecer procedimientos internos para asegurar el cumplimiento de estas normativas.

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