Los actos para recabar apoyo ciudadano deben financiarse con recursos privados lícitos y están sujetos a un tope de gastos determinado por el Consejo General. Esto garantiza la transparencia en el financiamiento.
1. Los actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano se financiarán con recursos privados de origen lícito, en los términos de la legislación aplicable, y estarán sujetos al tope de gastos que determine el Consejo General por el tipo de elección para la que pretenda ser postulado.
2. El Consejo General determinará el tope de gastos equivalente al diez por ciento del establecido para las campañas inmediatas anteriores, según la elección de que se trate.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es vital que los aspirantes conozcan los límites de gasto para evitar sanciones. Los contadores deben ayudar a sus clientes a planificar sus finanzas.
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