LGIPE

Artículo 343. Remisión del voto al Instituto

El Consejo General determinará cómo los ciudadanos en el extranjero remitirán su voto. El sistema de voto electrónico debe ser auditable y garantizar el sufragio libre.

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 14 de octubre de 2024. Verificado en 2026.

Texto Legal

1. El Consejo General determinará la forma en que los ciudadanos en el extranjero remitirán su voto al Instituto o en su caso, a los Organismos Públicos Locales.

2. El sistema de voto por medios electrónicos que apruebe el Consejo General del Instituto, deberá cumplir con lo siguiente:

a) Ser auditable en cada una de las etapas de su desarrollo e implementación;

b) Darle oportunidad al votante de corroborar el sentido de su voto antes de su emisión;

c) Evitar la coacción del voto, garantizando el sufragio libre y en secreto;

d) Garantizar que quien emite el voto, sea el ciudadano mexicano residente en el extranjero que tiene derecho a hacerlo;

e) Garantizar que el ciudadano mexicano residente en el extranjero no pueda emitir más de un voto, por la vía electrónica u otra de las previstas en esta Ley, y

f) Contar con un programa de resultados electorales en tiempo real, público y confiable.

3. El Instituto emitirá los lineamientos tendientes a resguardar la seguridad del voto.

[4. Suprimido] Numeral adicionado DOF 02-03-2023 Numeral declarado inválido y suprimido conforme al texto de la ley “que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La implementación de un sistema de voto electrónico seguro es clave para la participación de los ciudadanos en el extranjero. Es importante que los votantes conozcan los procedimientos y requisitos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 343 del LGIPE?

El Consejo General determinará cómo los ciudadanos en el extranjero remitirán su voto. El sistema de voto electrónico debe ser auditable y garantizar el sufragio libre.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 343 de la LEY de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[IA] La implementación de un sistema de voto electrónico seguro es clave para la participación de los ciudadanos en el extranjero. Es importante que los votantes conozcan los procedimientos y requisitos.

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